El Ayuntamiento permitirá la sustitución de veladores por barras los días 24 y 31 de diciembre

El delegado de seguridad ciudadana, Marco Antonio Guijarro, señala que, “para evitar aglomeraciones, los días 24 y 31 de diciembre se van a aplicar una serie de medidas en relación a la ocupación de la vía pública por terrazas y veladores”.

Estos días se autorizará la sustitución de los veladores por barras de bar ocupando siempre el mismo espacio en la calle. Además no se permitirá la instalación de equipos de reproducción o amplificación sonora, tal y como refleja la ordenanza ni cambio en el horario de terrazas. Las barras que se autoricen deberán estar decoradas con fondos blancos de forma que no se vea publicidad y la imagen sea homogénea.

“Esta medidas se toman”, afirma Marco Antonio Guijarro, “dada la situación de excepcionalidad por el COVID-19 así como con la previsión de presencia importante de público en la calles en estos dos días”.

Se autorizarán a aquellos negocios que presenten solicitud y figuren con su licencia administrativa vigente. La autorización será para sustituir mobiliario de velador por mostrador de bar. Solo se permitirá este cambio los días 24 y 31 de diciembre.

De otro lado, “no se cortará inicialmente ninguna calle, salvo que las indicaciones de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad así lo determinen puntualmente”.

Estos mismos criterios podrán ser aplicables en los negocios instalados exclusivamente en la Plaza de España el 30 de diciembre por la tarde, a partir de las dieciocho horas seis de la tarde, como consecuencia de la celebración de las “preuvas”.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

Los empresarios interesados en instalarlas deberán solicitarlo al Ayuntamiento. Se abre para ello un plazo de solicitud el día 17 de diciembre, para la tramitación de estas solicitudes, finalizando el día 22 de diciembre a las catorce horas.

La empresa se responsabilizará de señalizar correctamente la ocupación, con la finalidad de asegurar él transito peatonal.

Al término de todos los actos las vías deberán quedar libres y expeditas, debiendo responder los titulares de la licencia de los desperfectos ocasionados en el pavimento de las calzadas y aceras, y retirar de inmediato cualquier instalación colocada en la vía publica.

En la barra autorizada solo se podrán suministrar utensilios de plástico o similares. Los servicios que se presten serán los propios y habituales de cada local, excepto las bebidas en la calle servidas en los mostradores exteriores, que se expenderán en recipientes desechables, estando prohibido el uso del vidrio en las citadas barras exteriores.

Los industriales son responsables de la limpieza de su zona de influencia; en ella instalarán papeleras y recipientes de recogidas de desechos velando para que estén permanentemente en buen estado de uso.

Terminadas las actividades comprendidas en los horarios y días autorizados, deberán limpiar obligatoriamente la zona de influencia, una vez cerrado el establecimiento.

Los industriales que soliciten estas autorizaciones se comprometen a no modificar los precios y calidades de su oferta habitual, pudiendo adaptarla o modificarla por la circunstancias especiales que el servicio masivo requiere, debiendo poner un cartel con los precios en zona visible de las barras.

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